RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 000319 -2025/SUNAT
21.10.25.- “Resolución de Superintendencia que aprueba el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del impuesto selectivo al consumo a que se refiere el Reglamento del Decreto de Urgencia N.° 012-2019”
INFORME N.º 000105-2025-SUNAT/7T0000
02.10.2025.- Se concluye lo siguiente:
“En el marco de un procedimiento de fiscalización del Impuesto a la Renta, como resultado del cual, la Administración Tributaria emite resoluciones de determinación por dicho impuesto y por la Tasa Adicional del 5 % sobre las sumas a que se refiere el inciso g) del artículo 24 -A de la Ley del Impuesto a la Renta, siendo que, únicamente se ha reclamado la resolución de determinación emitida por el Impuesto a la Renta: Procede la cobranza coactiva de la deuda tributaria contenida en la resolución de determinación emitida por la Tasa Adicional del 5 %, aun cuando esté vinculada con los reparos que sustentan la resolución de determinación emitida por el Impuesto la Renta, que se encuentra reclamada.”.
INFORME N.º 000107-2025-SUNAT/7T0000
02.10.2025.- Se concluye lo siguiente:
“No se encuentra exonerado del IGV el servicio de intermediación en la oferta y la demanda del servicio de taxi, prestado por empresa s no domiciliadas a usuarios que tienen su residencia habitual en el país, a través de un aplicativo que permite a los prestadores de servicio de taxi debidamente autorizados por la ATU, y los interesado s en su utilización, poder acordar su contratación”.
DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO FINAL
28.10.2025.- Los contribuyentes cuyos ingresos superen las 100 UIT dispondrán de todo el mes de octubre para remitir a la SUNAT el reporte solicitado, a fin de proporcionar la información requerida.
La campaña de recopilación de datos continuará con los contribuyentes cuyos ingresos se ubiquen entre 50 UIT y 100 UIT, etapa que se desarrollará hasta diciembre de 2025.