RESOLUCIÓN SMV Nº 008-2025-SMV/01
30.05.2025.- Mediante Resolución SMV Nº 008-2025-SMV/01 se autoriza la difusión del Proyecto de modificación del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, y del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV Nº 009-2006-EF/94.10.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000168-2025-SUNAT
28.05.2025.- Se emite “Resolución de Superintendencia que establece el plazo para que determinados sujetos obligados no comprendidos en las resoluciones de Superintendencia N.° 185-2019/SUNAT y N.° 000041-2022/SUNAT presenten la declaración del beneficiario final.”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000172-2025-SUNAT
30.05.2025.- Se dispone “publicación del proyecto de resolución de superintendencia que aprueba el procedimiento específico “EXONERACIÓN DEL IGV E IPM A LA IMPORTACIÓN DE BIENES PARA EL CONSUMO EN LA AMAZONÍA – LEY N.° 27037” DESPA-PE.01.15 (VERSIÓN 3) en la sede digital de la SUNAT.”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000173-2025-SUNAT
30.05.2025.- Se dispone “publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el procedimiento específico “IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS SUJETAS AL PROTOCOLO MODIFICATORIO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ADUANERA PERUANO-COLOMBIANO” DESPA-PE.01.13 (versión 3) en la sede digital de la SUNAT.”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000174-2025-SUNAT
31.05.2025.- Se publica “Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia N.° 084-2016/SUNAT para incorporar los expedientes electrónicos del procedimiento de fiscalización parcial y definitiva aduanera al Sistema Integrado del Expediente Virtual.”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000175-2025-SUNAT
31.05.2025.- Se modifica “la segunda disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N.° 000086-2025/SUNAT, que modifica la Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT, que aprueba normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000176-2025-SUNAT
30.05.2025.- Se modifica “la Resolución de Superintendencia N.º 000097-2023/SUNAT que establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora, señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado y regula otras disposiciones, para establecer la ubicación del puesto de control habilitado en el nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000177-2025-SUNAT
31.05.2025.- Se modifica “Resolución de Superintendencia que aprueba el Procedimiento Específico “FISCALIZACIÓN ADUANERA A OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR Y OPERADORES INTERVINIENTES” CONTROL-PE.01.10 (versión 2) – Anexo”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000178-2025-SUNAT
31.05.2025.- Se modifica “Resolución de Superintendencia que aprueba el Procedimiento Específico “FISCALIZACIÓN ADUANERA POSTERIOR AL DESPACHO ADUANERO” CONTROL-PE.01.09 (versión 2) – Anexo”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NO. 000192-2025-SUNAT
08.06.2025.- Se dispone “la publicación del Proyecto de Resolución de Superintendencia que establece las condiciones y el procedimiento para la presentación de la carta fianza en el Procedimiento Contencioso Tributario para la admisión de los Recursos de Reclamación y de Apelación extemporáneos y de los medios probatorios extemporáneos en la etapa de reclamación.”
INFORME NO. 000054-2025-SUNAT/7T0000
16.05.2025.- Se concluye que: “La inafectación del Impuesto a la Renta prevista en la Décimo Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32123 comprende a los dividendos, intereses, comisiones y cualquier otro rendimiento, derivados de los aportes voluntarios sin fines previsionales.”
INFORME NO. 000055-2025-SUNAT/7T0000
02.06.2025.- Se concluye que: “Las empresas de préstamos y/o empeño obligadas a inscribirse en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, regulado por la Resolución SBS N.° 00650-2024, no se encuentran dentro de los alcances de la inafectación prevista en el primer y segundo párrafos del inciso r) del artículo 2 de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.”
INFORME NO. 000056-2025-SUNAT/7T0000
02.06.2025.- Se concluye que: “El ISC pagado en la adquisición de bienes se considera:
– Crédito tributario, para efecto del ISC, cuando sea recuperable de las autoridades fiscales, esto es, cuando sea crédito o saldo a favor conforme a las disposiciones de la Ley del IGV e ISC.
– Costo computable de dichos bienes cuando se enajenen, para efecto del Impuesto a la Renta, siempre que: i) resulte necesario para colocar los bienes en condiciones de ser enajenados; y, ii) no sea recuperable de las autoridades fiscales; es decir, no sea crédito ni saldo a favor conforme a las disposiciones de la Ley del IGV e ISC.”
INFORME NO. 000057-2025-SUNAT/7T0000
02.06.2025.- Se concluye que: “1. Cuando el Reglamento de Comprobantes de Pago utiliza el término “otros” al mencionar los conceptos por los cuales se puede emitir la nota de crédito, se está refiriendo a situaciones distintas a anulaciones, descuentos, bonificaciones o devoluciones, en las que la normativa tributaria dispone que corresponde emitir dicho documento.
2. Las notas de crédito electrónicas que se emiten por los motivos descritos en los códigos 3, 10 y 13 del Anexo 8 de la Resolución de Superintendencia N.° 097-2012/SUNAT, corresponden al concepto “otros”, previsto en el inciso 1.1 del numeral 1 del artículo 10 del Reglamento de Comprobantes de Pago.”
09.06.2025.- TEMA: NOTIFICACIÓN SIMULTÁNEA DEL INFORME DE RESULTADO DE FISCALIZACIÓN Y DE LAS RESOLUCIÓN DE DETERMINACION Y MULTA
Sumilla: “En el marco de un procedimiento de fiscalización de la determinación de aportes por el derecho especial al Fitel, la administración notificó las conclusiones del informe de resultado de fiscalización en la misma fecha en la cual fueron notificadas las resoluciones de determinación y de multa. Ello evidencia que, en el caso concreto, la actuación de la administración no se ciñó a lo dispuesto por el artículo 75 del Código Tributario.”
09.06.2025.- TEMA: GASTOS DE EXPLORACIÓN Y DE DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD MINERA – PÉRDIDAS OBTENIDAS POR LA CONTRATACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS – IFD
Sumilla: “Las actividades de exploración no son incompatibles con que puedan realizarse estudios de impacto ambiental y estudios de factibilidad; por ello, la interpretación efectuada por la Sala Superior no se ajusta a derecho.”
09.06.2025.- TEMA: IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN DEL PLAZO PRESCRIPTORIO EN PROCEDIMIENTO NULO ADMINISTRATIVO NULO
Sumilla: “En efecto, el tiempo que duró el procedimiento para corregir la actuación arbitraria de la administración, no puede actuar en contra del contribuyente, que ante el error de la SUNAT, no tuvo más opción que ejercer su derecho a la defensa; es por ello, que el plazo de suspensión de la prescripción a que se contrae el literal a) del artículo 46 del Código Tributario, referido a la tramitación durante el procedimiento contencioso tributario y la disposición establecida en el penúltimo párrafo del aludido artículo, debe interpretarse desde una óptica constitucional como uno que se ha ceñido al debido procedimiento y en el cual el contribuyente ha gozado de los derechos y garantías implícitos al mismo y no en uno arbitrario, como el acontecido en el presente caso, ya que nunca existió una fiscalización sobre el tributo y los períodos acotados, conforme fue declarado por la resolución del Tribunal Fiscal al declarar la nulidad del procedimiento, por lo tanto no se produjo la suspensión del período prescriptorio alegado por la administración.”