Newsletter - Julio 2023

ALERTAS CONTABLES – FINANCIERAS – TRIBUTARIAS – LEGALES – LABORALES

DECRETO SUPREMO N° 007-2023-TR

06.07.2023.- Mediante el Decreto Supremo N° 007-2023-TR se ha aprobado el Reglamento de la Ley Nº 31703, Ley que incorpora al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, a los trabajadores del Seguro Social de Salud (ESSALUD) que se encuentran bajo el régimen del contrato administrativo de servicios (CAS) con contrato a plazo indeterminado. Leer más

 

LEY N° 31822

08.07.2023.- Mediante la Ley N° 31822 se ha declarado feriado nacional el 23 de julio de cada año en conmemoración al heroico sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales. Leer más

 

LEY N° 31823

08.07.2023.- Mediante la Ley N° 31823 se ha modificado el artículo 190 del Código Penal incorporando como delito de apropiación ilícita la apropiación, deviación o disposición indebida de todo o parte de los aportes destinados a la constitución, formación o consolidación o desarrollo de un fondo pensionario o del seguro social de salud. Leer más

LEY DE FACILITACIÓN ADUANERA PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS INTERNACIONALES DECLARADOS DE INTERÉS NACIONAL 

06.07.2023.- La presente ley tiene por objeto coadyuvar a la reactivación del turismo de negocios, reuniones y eventos, restableciendo el marco legal para la facilitación de trámites aduaneros y el ingreso de participantes, entre otros, para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional por el Poder Ejecutivo, conforme a los términos de la presente ley. Leer más 

CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD – Resolución No. 002-2023-EF/30 

05.07.2023.- Aprueban el Set Completo de las Normas Internacionales de Información Financiera versión 2023, que incluye el Marco Conceptual para la Información Financiera. Leer más

SUNAT – INFORME N° 000085-2023-SUNAT/7T0000 

10.07.2023.- La venta en el país o importación del nitrato de amonio, incluso en disolución acuosa con un contenido de nitrógeno total inferior o igual a 34 ,5% y densidad aparente superior a 0,85 g/ml (calidad fertilizante) clasificado en la subpartida arancelaria 3102.30.00.10, se encontrará exonerada del Impuesto General a las Ventas en la medida que dicho bien sea utilizado solo como fertilizante en la actividad agraria. Leer más

SUNAT – INFORME N° 000082-2023-SUNAT/7T0000 

04.07.2023.- La recompra de bonos que paga el emisor antes del vencimiento a través de una prima de rescate, en tanto forma parte de la contraprestación que el emisor de los bonos paga al tenedor de estos por el financiamiento recibido, debe ser considerada para el cálculo del límite a la deducción de gastos por intereses prevista en el numeral 1 del inciso a) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Leer más

CASACIONES EN TEMAS TRIBUTARIOS Nº 21443-2021 LIMA 

07.07.2023.- TEMA: HURTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA 

SUMILLA: El inciso d) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta señala como condiciones para la deducibilidad del impuesto a la renta de tercera categoría, en casos fortuitos o de fuerza mayor, los siguientes: i) que las pérdidas no estén cubiertas por indemnizaciones ni seguros, y ii) que se pruebe judicialmente el hecho delictuoso o se acredite que es inútil ejercitar la acción judicial correspondiente. En el caso concreto, la parte recurrente no cumplió con acreditar el segundo requisito, pues no es suficiente una denuncia policial. 

CASACIÓN EN TEMAS TRIBUTARIOS Nº 13058 – 2022 LIMA 

07.07.2023.- TEMA: PÉRDIDA DE MERCANCÍA 

SUMILLA: Para acreditar que no existe responsabilidad en la pérdida de mercancía por hurto o robo, y enmarcarlo en un caso fortuito o de fuerza mayor, es necesario que la parte administrada demuestre el grado de diligencia con que actuó para evitar un determinado acto delictivo; no son pruebas suficientes la denuncia policial o lo establecido a nivel de Fiscalía, pues estas actuaciones son posteriores al hecho delictivo. 

CASACIÓN EN TEMAS TRIBUTARIOS Nº 10227-2021 LIMA 

07.07.2023.- TEMA: RECUPERACIÓN DE CAPITAL INVERTIDO

SUMILLA: En el presente caso, corresponde considerar que el costo computable consignado en el Certificado de Reconocimiento de Capital Invertido debe considerar el costo de adquisición de las acciones recibidas por el sujeto no domiciliado, por su inversión en una empresa peruana, es decir, el importe efectivamente desembolsado a efectos de tal inversión. En este sentido, se declaran infundados los recursos de casación formulados; toda vez que la sentencia de vista ha acogido un sentido interpretativo que guarda correspondencia con lo resuelto. 


ARTÍCULOS DE INTERÉS

¿LA ÉTICA EMPRESARIAL PODRÍA SALVARNOS DE UNA MAYOR REGULACIÓN? – TGS NETWORK

«No hay nada ni bueno ni malo, sólo el pensamiento lo hace así». (W Shakespeare, Hamlet, c1600). Aunque el contexto de esta cita era un esfuerzo del príncipe Hamlet por abordar cómo afrontar el asesinato de su padre, habla del más amplio de los debates en los negocios y de la más antigua de las preguntas: ¿qué es bueno y qué es malo? Según Shakespeare, todo es cuestión de contexto y perspectiva. Las empresas de todo el mundo se enfrentan diariamente a esta cuestión. Leer más

THE ROLE OF MOBILE APPS IN CUSTOMER ENGAGEMENT AND LOYALTY – WOMEN ON BUSINESS

La gente pasa el 85% de su tiempo en teléfonos inteligentes utilizando aplicaciones. Por lo tanto, no es de extrañar que las empresas recurran a las aplicaciones móviles para fidelizar a sus clientes. El compromiso del cliente se centra en crear una experiencia positiva para el cliente. Su objetivo es desarrollar vínculos que fomenten la fidelidad a la marca. Al incluir la emoción, establecerá una fuerte lealtad emocional hacia su marca. Como resultado, puede influir en la decisión de sus usuarios de elegirle a usted frente a sus competidores. Leer más